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Trampas en la traducción de documentos corporativos (Parte I)

Actualizado: 11 ene 2022

No hay duda de que algunos de los documentos que más traduce y certifica un perito traductor son los documentos corporativos de una sociedad. Ya sea su acta constitutiva, una asamblea celebrada por sus accionistas, los poderes otorgados a algún directivo o las reformas a sus estatutos sociales, lo cierto es que siempre se necesitarán traducir estos documentos cuando una sociedad desee operar en un país donde se hable una lengua distinta a aquella que se habla en el país de origen de esta sociedad. Sin embargo, la traducción de este tipo de documentos de derecho societario (o derecho corporativo, como le nombran algunos) encierra algunas complicaciones o confusiones a las que yo llamo “trampas”, pues son traducciones que podrían parecer sencillas, pero que en realidad requieren de un conocimiento jurídico elevado y de entender bien el contexto para poder decidir la traducción adecuada. Esta entrada es la primera de una serie sobre este tema; mientras, puedes consultar nuestro Glosario de Derecho Societario que te ayudará a completar esta información. Descárgalo aquí.


Trampa número 1: La traducción de los tipos sociales

Los tipos de sociedades en un país y en otro nunca son exactamente equivalentes, y menos aún si esos países pertenecen a familias jurídicas distintas, como lo son el derecho neorromanista y el derecho anglosajón. Es por esta razón que los traductores no debemos caer en la trampa de traducir las sociedades como si fueran equivalentes, incluso aunque lo parezcan, porque esto puede generar confusión en el lector en cuanto a las características y el funcionamiento de la sociedad. Una buena práctica para resolver esta cuestión es ofrecer una traducción en la lengua meta, pero mantener también el tipo social en lengua original, como en este ejemplo:


En el inglés jurídico tanto estadounidense como británico no existe un término distinto para las denominaciones y para las razones sociales, cualquiera de ellas se engloba en el término name. Por lo tanto, cuando haya que traducir documentos jurídicos como el del ejemplo anterior, no hay que caer en la trampa de intentar traducir esta diferenciación propia del derecho. Así, una traducción adecuada de este ejemplo sería “AUTHORIZATION TO USE A COMPANY NAME”.


Trampa 2: La traducción del término Meeting

Tanto en derecho mexicano como en derecho estadounidense, las sociedades cuentan con dos órganos de gobierno principales: (i) la asamblea de accionistas o shareholders’/stockholders’/members’ meeting (según el tipo social de que se trate), y (ii) el consejo de administración/gerentes (board of directors/managers). Estos órganos se reúnen con cierta periodicidad para tomar decisiones y a esas reuniones se les denomina, respectivamente, asamblea de accionistas (en inglés, shareholders’/stockholders’/members’ meeting) y sesión del consejo de administración/de gerentes (en inglés, board meeting o managers’/directors’ meeting). Esto supone una trampa porque, dado que en inglés todo se denomina “meeting”, es fácil que al traducir al español nos confundamos con este término y lo traduzcamos todo de manera igual, cuando en el español mexicano cada una de estas reuniones cuenta con una denominación particular: “asamblea” para la de los accionistas/socios y “sesión” para la del consejo de administración/gerentes o cualquier comité de este. Esto puede parecer sencillo pero en la práctica, no siempre lo es. Veamos un ejemplo:


Podríamos confundirnos y traducir todo como “…El director general, si lo hubiera, presidirá todas las reuniones/asambleas/juntas de accionistas y del consejo de administración en las que esté presente…”, pero la traducción jurídica adecuada sería: “…El director general, si lo hubiera, presidirá todas las asambleas de accionistas y sesiones del consejo de administración en las que esté presente…”


No caer en esta trampa es fundamental, especialmente cuando nuestra traducción va dirigida a lectores mexicanos que son letrados en el derecho (abogados, jueces, notarios…) o que utilizan este lenguaje de forma habitual (personal del registro público), pues usar términos distintos o no hacer distinción entre ellos podría suponer una confusión en el lector y no respeta el registro formal y especializado que requiere esta traducción.


Trampa 3: La traducción del término Officer

En los estatutos de las sociedades estadounidenses se usa el término officer para denominar a aquellas personas que ocupan un cargo directivo dentro de la jerarquía de una empresa. Por ejemplo:

Una traducción habitual podría ser:

ARTÍCULO IV

FUNCIONARIOS

SECCIÓN 4.01 Número. Los funcionarios de la sociedad serán elegidos por el consejo de administración y podrán ser un director general, uno o más presidentes de la sociedad, uno o más vicepresidentes…


Incluso la Ley General de Sociedades Mercantiles de México usa la palabra “funcionario” de esta forma:


Ese uso se “justifica” parcialmente por Diccionarios como el de Guillermo Cabanellas (Ed. Heliasta) o el de Javier F. Becerra (diccionariojfbecerra.com), que son dos diccionarios de reputación y que ofrecen definiciones como esta, extraída del diccionario de este último:

Pero todo esto es una trampa. De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, la definición de “funcionario” es:

Y, conforme al Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, es la siguiente:



De lo anterior podemos entender que el término "funcionario" se define como una persona que ocupa un cargo público, es decir, quien ha sido nombrado por la administración pública para desempeñar algún puesto como parte de ella. No admite la acepción de persona de confianza que ocupa un cargo dentro de una compañía privada, por lo tanto, no resulta admisible traducirlo así, aunque sea habitual y aunque así lo indiquen los diccionarios mencionados arriba. Por el contrario, sí sería admisible traducir a esos officers de empresa privada como “directivos” o “ejecutivos”, según el contexto.


Te preguntarás entonces si Cabanellas y Becerra están equivocados y cometieron un error en sus respectivos diccionarios. La respuesta es que no, tampoco están equivocados. La definición de officer que ofrece la Decimoprimera Edición del diccionario Black’s Law es :

Así, entendemos que el término officer también podría traducirse como “funcionario” cuando officer se utilice en un contexto de derecho público. Por todo lo anterior, no hay que caer en esta trampa a la hora de traducir documentos de derecho privado como lo son los de las sociedades mercantiles o civiles.


Hasta aquí la primera parte de la serie “Trampas en la traducción de documentos corporativos”. Recuerda que, para complementar esta información puedes acceder al Glosario de Derecho Societario en la sección Recursos que incluye más de 200 términos en inglés y en español para ayudarte en el día a día de la traducción inglés<> español de este tipo de documentos. Descárgalo aquí.


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